| ¿Quién debe registrar? |
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El registro es una obligación para productores importadores. Los usuarios intermedios tienen derecho a dar a conocer su uso al productor/importador. ¿Qué organismo está encargado del registro?El registro está a cargo de la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA). ¿Qué información debe presentarse?Debe presentare un expediente de registro con la siguiente información: Expediente técnico:
Expediente de seguridad química
Calendario de registroLa fecha límite de registro es la misma para todas la sustancias como tal, en preparados y en artículos. La fecha depende de:
Sin embargo, para beneficiarse de estas fechas límite, las sustancias deben estar PRE-REGISTRADAS. La fecha límite para el Pre-registro es muy temprana: Junio–Diciembre 2008. Si no cumple con esta fecha, deberá presentar inmediatamente un expediente de registro y no podrá beneficiarse de los períodos de prórroga de 3 a 11 años. El expediente de pre-registro debe ser presentado ante la Agencia.
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